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Evolución del término minusvalía a discapacidad: ¿por qué no debemos usar el término minusvalía?

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Es importante distinguir entre discapacidad y minusvalía porque hoy el término minusvalía tiene una connotación casi ofensiva. Ya casi nadie habla de minusválidos o deficientes, o incluso de subnormales, afortunadamente. Son términos que han dejado de tener vigor, aunque aún nos encontramos a veces excepciones.

Como decimos, la palabra minusvalía, que parte de un concepto negativo, algo así como falta de valía, ha sido hoy desterrada. Pero no hace tanto. Efectivamente, hasta la Ley de Dependencia de 2006 (Ley 39/2006), se utilizaba en España el término “minusvalía”.

Este cambio legislativo viene precedido de un cambio en el punto de vista sobre las personas con discapacidad.

La discapacidad es vista desde un enfoque de derechos humanos y no desde la medicalización de la misma. No es que se de una deficiencia que haga que la persona tenga que ser tratada médicamente por una enfermedad, accidente, o condición de la salud. El enfoque evoluciona a un punto de vista donde la discapacidad se encuentra en las barreras que impiden una participación plena y efectiva en la sociedad, como por ejemplo, las barreras arquitectónicas en un restaurante o un teatro, o barreras más invisibles, como las que se encuentran en la educación o en la inclusión laboral. 

¿Cómo ha ido evolucionando este enfoque?

 Vamos a analizar cómo ha evolucionado este punto de vista más novedoso sobre la discapacidad

Nagi o la asociación de enfermedad con discapacidad  

Nagi en la década de los 70 llega al concepto de incapacidad a través de los siguientes estadios:

  1. Enfermedad
  2. Deterioro fisiológico.
  3. Limitación Funcional.
  4. Incapacidad

El proceso, según Nagi, comienza con una enfermedad de base, que lleva a un estado de deterioro fisiológico, que a su vez lleva a un estadio de limitación funcional. Al final, la incapacidad aparece, cuando existe una inhabilidad para realizar las tareas y los roles asociados al trabajo.

Año 1980: Minusvalía y Discapacidad según la Clasificación internacional de deficiencias

  • La OMS, Organización Mundial de la Salud, en 1980 creó la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM), con un modelo muy parecido al de Nagi:
  • De la enfermedad, se pasa a la deficiencia, de esta a la incapacidad y de esta a la invalidez

Hay que puntualizar que estas definiciones son de 1980 y la sociedad ha evolucionado mucho desde ese momento, así que ya no se usan.

¿En qué se diferenciaban entonces? ¿Cómo explicaban cada término?

La CIDDM , una clasificación creada por la OMS, distinguió  los términos deficiencia, discapacidad y minusvalía

Las definiciones eran las que siguen:

Deficiencia: toda pérdida o anormalidad de una estructura o una función psicológica, fisiológica o anatómica. Afecta al órgano y por lo tanto podría ser intelectual, psicológica, del lenguaje, del órgano de la audición, del órgano de la visión, músculo-esquelética,  generalizada, sensitiva o consistente en otras deficiencias

Discapacidad: restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de capacidad de realizar una actividad, EN LA FORMA O DENTRO DEL MARGEN QUE SE CONSIDERA NORMAL PARA EL SER HUMANO

MINUSVALÍA (término que hoy en día ya no está vigente, desde la aparición de la Ley de dependencia, en que ha pasado a denominarse discapacidad): Toda situación desventajosa para un individuo determinado, producto de una deficiencia o una discapacidad, que limita o impide el desempeño de un rol que es normal en su caso, en función de la edad, sexo, y factores sociales y culturales

Los conceptos no eran ni son inamovibles. Podría darse una situación en la que la deficiencia no cause una discapacidad, pero si una minusvalía. Por ejemplo, una desfiguración del rostro crearía una minusvalía pero no una discapacidad. El individuo puede realizar la acción, pero a nivel social le crea una situación de desventaja, de minusvalía. 

Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) 2001

En 2001, tras una revisión iniciada en 1993, la OMS aprobó la CIFClasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, que sustituyó a la CIDDM.

En la CIF  se contempla el problema de la discapacidad entendida globalmente como una “interacción multidireccional entre la persona y el contexto socioambiental en el que se desenvuelve, es decir, entre las funciones y estructuras alteradas del cuerpo, las actividades que puede realizar como persona, su participación real en las mismas y las interacciones con los factores externos medioambientales”. Se ha abandonado completamente el término “Minusvalía” y se ha reconvertido el de “Discapacidad”

Discapacidad y no minusvalía

La discapacidad se observa desde 2 perspectivas:

  • Modelo médico: enfermedad, trauma o condición de salud que produce una limitación en la capacidad de realizar algo y con ayuda médica se consigue realizar ese algo
  • Modelo social. Problema de origen social que produce la ausencia de integración del individuo en la sociedad. Esto lleva a la incapacidad laboral

Modelo médico vs modelo social  

Realmente cuando se comienza a prestar atención a las personas con discapacidad es a partir de la I Guerra Mundial. Hasta entonces, en la antigüedad clásica y en la Edad Media eran mal vistas, producto de un pecado de sus padres por ejemplo. Debían de ser eliminadas y se hablaba de un modelo de prescindencia eugenésico, es decir, había que prescindir de estas personas

En la I Guerra Mundial las cosas cambian por el extenso número de heridos que deja la contienda y entonces se considera que estas personas que han quedado impedidas por haber servido a la patria, deben ser recompensadas y se les debe dar una pensión.

Observamos que es un modelo rehabilitador, en el que ya no hay que eliminar o excluir a las personas con discapacidad siempre que sean rehabilitadas. Y la rehabilitación corresponde al sistema de salud. Es el modelo médico.

El modelo social va más allá. No se trata sólo de curar, de reparar la discapacidad de la persona médicamente. La discapacidad no es algo individual, sino social. Son las barreras que la sociedad pone a las personas con discapacidad lo que debe evaluarse, porque las personas con discapacidad son sujetos de derechos y tienen los mismos que cualquier otro ciudadano.

El concepto social tiene su culminación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006, que considera la discapacidad como una cuestión de derechos humanos.  

¿Cómo ha influenciado esta revisión terminológica en los textos legales? 

La influencia conceptual y terminológica de la Convención Internacional de 2006 también se observa en nuestro país

Hasta la entrada en vigor de la conocida como “Ley de Dependencia” (Ley 39/2006), se utilizaba en España el término Minusvalía.

La Ley de Dependencia (Ley 39/2006) instaura el cambio de terminología que debe llevarse a cabo en el RD 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, debiendo sustituirse minusvalía por discapacidad (y sus respectivos derivados), y grado de discapacidad por grado de limitaciones en la actividad, y las disposiciones normativas elaboradas por las  Administraciones Públicas deberán utilizar los términos persona con discapacidad o personas con discapacidad. De esta forma se abandona el término de minusvalía por considerar que contiene una connotación peyorativa, y se sintoniza con el concepto recogido en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la discapacidad y de la Salud (CIF-2001)

Esta tendencia se consolida con la Ley General de Discapacidad aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre que contiene la LGD que entró en vigor el 4 Diciembre 2013.  

¿Un nuevo cambio terminológico? 

Ya hablamos en el artículo Discapacidad vs diversidad funcional si este último término era más apropiado o no que el de discapacidad. Parece que no hay unanimidad. El debate surgido en el Foro de Vida Independiente (FVI) en 2005, con una nueva nomenclatura para referirse al colectivo, “diversidad funcional”, ha sido polémico. CERMI  o COCARMI dicen que sólo sirve para hacer más invisible al colectivo y ha  sido cuestionado desde muchas instancias. Lo que se observa es que el lenguaje, como la sociedad, evolucionan con el tiempo y quizá no tan lentamente como pueda parecer.

Hasta ahora, el término de diversidad funcional no se ha generalizado en la sociedad, pero sí hay ciertas organizaciones que utilizan este término. En los periódicos empiezan a aparecer artículos que avivan el debate.

En cualquier caso, siempre debería tenderse a usar términos que no generen discriminación ni prejuicios ni estigmas hacia ciertos colectivos.