Ventajas de la contratación indefinida
Las empresas se muestran reticentes a contratar a personas con discapacidad. Buena prueba de ello es que un estudio de la consultora Leialta puso de manifiesto que el 81% de las empresas no cumple con la obligación legal de tener un 2% de personas con discapacidad en su plantilla ni con ninguna medida alternativa. Esto a pesar de las múltiples ventajas fiscales que tienen.
Un contrato indefinido es el sueño de cualquier persona. Todos los trabajadores quieren tener una estabilidad. Las empresas que contraten de forma indefinida a personas con discapacidad tendrán una serie de ventajas fiscales. Son las siguientes:
- Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado por tiempo indefinido.
- Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social: En caso de que el contrato sea a tiempo completo, las bonificaciones variarán en función de determinadas circunstancias. Si son hombres menores de 45 años, la bonificación será de 4.500 euros/año mientras que si es mujer, la bonificación será de 5.350 euros/año. En caso de ser mayores de 45 años, la bonificación para ambos sexos será de 5.700 euros/año. Por lo que se refiere a trabajadores con una discapacidad severa, también se divide la bonificación según tramos de edad y sexos. Por los hombres contratados menores de 45 años, las empresas reciben una bonificación de 5.100 euros/año mientras que por la contratación de mujeres es de 5.950 euros/año. Para los mayores de 45 años, la bonificación es de 6.300 euros/año.
- Subvención para la adaptación del puesto de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal: La cuantía de la misma asciende a 901,52 euros.
- Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades: La misma tiene una cuantía de 6.000 por cada incremento de persona/año.
Podrán pedir estas ayudas tanto las empresas que hagan contratos indefinidos a trabajadores con discapacidad como las cooperativas que los tengan como socios. Por el contrario, quedarán excluidas un año de las ayudas aquellas empresas que despidan de forma improcedente a personas con discapacidad.
No todas las personas con discapacidad son generadores de subvenciones cuando son contratados de forma indefinida. Los requisitos que deben cumplir son los siguientes:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. También pueden ser pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente.
- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
- No tener vinculación con la empresa en los últimos 24 meses anteriores a la contratación.
- No podrán ser destinatarios de las ayudas aquellos trabajadores que hubiesen finalizado su contrato indefinido tres meses antes de la firma del contrato indefinido con la salvedad recogida en el artículo 8.2 de la ley 43/2006.
Mejoras en el impuesto de sociedades
El impuesto de sociedades lo deben cumplimentar todas las empresas al final de cada ejercicio. Las empresas que contraten a una persona con discapacidad tendrán una serie de beneficios en este impuesto:
- Deducción de la cuota íntegra de 9.000 euros por cada persona al año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
- Deducción de la cuota íntegra de 12.000 euros por cada persona al año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
Más allá de todas las ventajas fiscales, contratar a personas con discapacidad puede suponer a la empresa beneficios en el plano empresarial y laboral. La interacción de personas con discapacidad y sin discapacidad generará un clima laboral favorable que hará que el ambiente laboral se vea beneficiado. Atrévete a descubrir todos los beneficios que tiene contratar a una persona con discapacidad. No te arrepentirás.