A veces no tenemos claro qué beneficios son exactamente los que tenemos las personas que poseemos un certificado de discapacidad. El listado de ayudas, beneficios o descuentos puede llegar a ser interminable debido a que pueden ser diferentes en función de la CC.AA o incluso del ayuntamiento de la localidad donde nos encontremos. Sin embargo, es cierto que existen una serie de beneficios a nivel estatal a los que toda persona con certificado de discapacidad puede acceder.
El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, aprobado en marzo de 2018 mediante Real Decreto, establece algunas especificaciones en relación a las personas con discapacidad.
Alquiler
El nuevo Plan, en su apartado “programa de fomento del parque de vivienda en alquiler”, recoge ayudas al alquiler para los menores de 35 años. El beneficio en el caso de las personas con discapacidad reside en los requisitos que se solicitan para acceder a este alquiler. El umbral de ingresos que se determina para que las personas con discapacidad puedan pedir ayudar al alquiler es de cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que a 2018 se encuentra en 6.454 euros en 12 pagas. De este modo, una persona con discapacidad cuya renta sea inferior a 25.816 euros podrá pedir la ayuda al alquiler en contraposición a las personas sin discapacidad, cuyos ingresos anuales no deben superar tres veces dicho indicador. En el caso de personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o discapacidad del desarrollo superior al 33% y discapacidad física o sensorial superior al 65%, este indicador asciende a 5 veces el IPREM.
Estos criterios más flexibles del IPREM también se extrapolan a otras ayudas como las que hay en el programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, así como en el programa de ayuda a los jóvenes.
Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas
El programa tiene como objeto la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
La cuantía máxima de las ayudas concedidas a las personas con discapacidad en este apartado es de 18.000 euros, frente a los 12.000 de las personas sin discapacidad. Al igual que en el caso anterior, las personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o discapacidad del desarrollo superior al 33% y discapacidad física o sensorial superior al 65%, tienen unas condiciones más ventajosas, pudiendo llegar esta cuantía hasta los 24.000 euros.
Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas
>Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en:
1. Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila ya sean urbanas o rurales.
2. Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
3. Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
El Plan Estatal de Vivienda recoge qué obras serían subvencionables para mejorar la accesibilidad de los edificios:
a) La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad.
b) La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio en su caso, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras, ascensores y del interior de las viviendas.
d) La instalación domótica y de otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores o con discapacidad.
En todos estos casos, el Plan Estatal fija una ayuda máxima de 8.000 euros por vivienda y 80 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial. Sin embargo, en el mismo artículo establece que esta cuantía asciende a 14.000 euros por vivienda si reside en la misma una persona con discapacidad y de 17.000 euros por vivienda si ésta acredita una discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100 o ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad
En el capítulo X del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 viene recogido un programa para el fomento de construcción de personas mayores y personas con discapacidad “junto con las instalaciones y servicios comunes necesarios para ser explotadas en régimen de alquiler o cesión en uso”.
En este caso los beneficiarios son las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por las Administraciones Públicas.
Se trata de una ayuda a la construcción o rehabilitación de edificios cuyas instalaciones y servicios comunes garanticen asistencia social, atención médica básica veinticuatro horas disponible y cercana, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales así como terapias preventivas y de rehabilitación, siempre dirigidos a personas con mayores o con discapacidad. La cuantía de la ayuda puede ser de un máximo de 400 euros por metro cuadrada de superficie útil sin que pueda superar el 40% del total de la inversión.
Desde la Fundación Integralia DKV queremos recordar que este artículo es meramente orientativo. Para más información consulte el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 o diríjase a la Oficina de Vivienda o el organismo que gestione las ayudas en su Comunidad Autónoma, donde le podrán informar mejor sobre las ayudas que están a su disposición.